Exportaciones, comercio y monopolio
“Si en el futuro se llegara a considerar la ocupación de Tenerife como algo útil, aunque confieso que no le he visto ninguna importancia para nuestro país, el plan más razonable sería desembarcar una compañía de tropas en el Puerto de La Orotava, por donde se exporta la mayor cantidad de vino y en donde las fortificaciones son demasiado débiles como para oponer resistencia. Ocurre lo mismo en toda la costa occidental, desde la punta de Anaga, al norte, hasta Garachico, al sur, lugar en que sería fácil desembarcar en alguna pequeña bahía en los meses de verano. Desde cualquier punto de la costa, un solo día de marcha a través de campo abierto y generoso, a completa disposición de las tropas invasoras, las llevaría a la ciudad de La Laguna, que no tiene ninguna clase de defensa. No es presumible que se encuentre resistencia sobre el terreno, sobre todo si una división de la escuadra destinada al ataque se dejara ver a la entrada de la rada. Esa fuerza confinaría a la escasa guarnición de la isla en sus fortines; y como la distancia de La Laguna a Santa Cruz es de sólo cinco millas de escarpada pendiente, y desde cualquier punto se domina la ciudad y la bahía, la suerte del lugar se decidiría muy pronto. En todo caso, la extrema dificultad de un desembarco en la rada de Santa Cruz, para asegurarse el éxito, parece exigir buen tiempo y la claridad del día.
Todas las importaciones y exportaciones se hallan gravadas en beneficio de la Corona; los lujosos rapé y tabaco son monopolios reales, estando prohibido bajo severas multas su cultivo o importación por particulares. Una pequeña hierba que crece en las rocas, Liquen rocchella, usualmente llamada orchilla, que se usa para teñir la seda de púrpura, es también un monopolio real. Como una concesión extraordinaria por parte de la Corona se permite usar la escasa seda que se produce en Tenerife para manufacturar guantes y medias; el cultivo de la caña de azúcar no está prohibido porque se supone que no produce beneficios al plantador; pero se halla prohibido el cultivo y la manufactura de todos aquellos artículos que la metrópoli o sus colonias más favorecidas pueden suministrar. Con todas estas restricciones, el conjunto de tasas e impuestos y los vejatorios monopolios en las siete islas raramente alcanza, deducidos los gastos, los beneficios de un cervecero de Londres. Y con tantas medidas que perjudican la industria es difícil imaginarse que pudieran disponer de abundantes excedente de otros productos que no sean sus vinos.”
John Barrow (escribió en 1801-2 sobre su estancia en 1791)
Traducción de J. A. Delgado Luis