La Inquisición
“En cada una de las islas hay una casa que pertenece al Santo Oficio o Inquisición, con sus propios funcionarios, cuya misión es impedir la aparición de cualquier herejía y la falta de respeto al clero. Tienen poder para arrestar y encerrar a personas sospechosas y no han de dar ninguna razón a la magistratura civil por hacerlo. Después de interrogarlos suficientemente o bien los liberan o los envían en el primer barco al Tribunal Superior del Santo Oficio en Canaria.
Cuando un barco extranjero llega a las Islas y se le permite al capitán bajar a tierra se le lleva a un funcionario de la Inquisición, que lo interroga para saber si trae en el barco libros o pinturas contrarios a las doctrinas y ritos de la Iglesia de Roma y lo obliga a firmar un documento en el que se compromete, en caso de tener alguno, a no bajarlos a tierra ni exponerlos a la vista, así como a no hablar en contra de la Iglesia de Roma ni a burlarse de sus ritos y ceremonias mientras se encuentre en la isla […].
No es posible que una persona viva en cualquiera de las Canarias, excepto Tenerife, si no es miembro de la Iglesia de Roma; incluso en Tenerife ningún judío, pagano o mahometano profeso puede formar parte de la comunidad en modo alguno, ni tampoco los protestantes, a menos que sean comerciantes destacados […].
Todos los habitantes de las Canarias son fieles católicos y se sorprenden mucho cuando ven a alguna persona de otra creencia comportarse con la decencia habitual, ya que imaginan que los herejes difieren poco de las bestias. […] A todos los extranjeros que no sean católicos romanos se les importuna insistentemente cuando llegan para que se conviertan.”
George Glas, 1764
Traducción de Francisco Javier Castillo y Carmen Díaz Alayón